Propiedad Horizontal
Modificación de elemento común por propietario sin consentimiento de la junta

En una comunidad de vecinos, una propietaria se quejó porque otra propietaria, que era una empresa, puso una valla en el patio del edificio. Este patio es un elemento común, es decir, pertenece a todos los vecinos y no solo a uno. La propietaria que se sintió perjudicada pidió que se quitara la valla y que todo volviera a estar como antes.
El primer juez que vio el caso no le dio la razón a la demandante, porque pensó que la valla estaba en la parte privada de la vecina y que no cambiaba mucho el aspecto del edificio. Sin embargo, la propietaria afectada no se conformó y recurrió ante la Audiencia Provincial, que sí le dio la razón. Este tribunal consideró que la valla sí afectaba a un espacio común y que, según la Ley de Propiedad Horizontal, para hacer cualquier cambio en estos elementos hace falta el permiso de la comunidad de vecinos. Además, la valla perjudicaba a la propietaria porque le quitaba vistas al mar.
La empresa que puso la valla llevó el caso al Tribunal Supremo (TS), alegando que era una obra pequeña y que no cambiaba la seguridad ni la estética del edificio. Pero el TS no aceptó este argumento y dejó claro que, aunque la obra parezca pequeña, si afecta a un elemento común y a los derechos de otros vecinos, no se puede hacer sin permiso de la comunidad. Por tanto, la valla debe retirarse y el patio volver a su estado original.
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